Opinión Migración 250522

Duda razonable // Los militares, las fronteras y el desastre

El viernes pasado un juez federal en Luisiana impidió que el gobierno de Joseph Biden levantara una orden de salud pública que los oficiales de inmigración han utilizado para expulsar rápidamente a los migrantes en la frontera suroeste, incluidos los solicitantes de asilo. El juez Robert R. Summerhays, designado por Trump, dictaminó que la administración Biden violó la ley administrativa cuando anunció en abril que planeaba detener el Título 42. El fallo desencadenará una batalla legal de meses. El Departamento de Justicia de Estados Unidos presentó rápidamente una apelación el mismo viernes ante una Corte de Apelaciones.

Como lo escribió después de visitar la frontera mi compañera Liliana Padilla, la medida trumpiana “no solo no redujo los flujos, por el contrario, los incrementó y con ello las muertes, particularmente en el desierto de Arizona. Además benefició el negocio millonario del tráfico de personas a manos del crimen organizado”. Es la insistencia, gracias a los republicanos y la derecha xenófoba, en una política inútil y trágica que no soluciona nada.

Se siguen rompiendo récords en “encuentros” fronterizos —así le llama la autoridad estadunidense—; 8 mil 200 diarios, según las últimas cifras. Cada vez más grupos de migrantes transportados por traficantes de maneras inhumanas que no pocas veces acaban en muerte, llenando albergues en todas las  fronteras y soportando los abusos de todas las autoridades contra los más vulnerables. Los que huyen de sus países.

Estados Unidos no tiene voluntad de arreglar el problema. México tampoco. Ayer se dio a conocer la investigación de un año “Bajo la Bota, la militarización de la migración en México” que dice, con base en datos e investigación de campo de un año, que gracias a la intervención de la Guardia Nacional en la ejecución de la política migratoria… la asunción del control migratorio por parte de las fuerzas armadas, incluyendo el incremento del despliegue de elementos castrenses en cruces fronterizos y la colocación de militares y ex militares en puestos clave del Instituto Nacional de Migración, es decir, la militarización de la migración, ha provocado que las fuerzas castrenses en labores migratorias no actúen como garantes de derechos, sino como agentes de contención y deportación o incluso como generadores de riesgos para las personas migrantes y sus familias. (Carlos Puig, Milenio Diario, Al frente, p. 2)

Confidencial

Mutis en torno del Título 42

A pesar de que desde la semana pasada un juez federal de Estados Unidos ordenó que se mantuviera la política de Título 42, facilitando la extradición de migrantes centroamericanos a México, el gobierno mexicano no ha dicho nada. Organizaciones advierten de los riesgos y las violaciones a derechos humanos que se perpetúan por estas acciones, y los mandatarios nacionales siguen sin hacer declaración alguna. El fantasma del trumpismo sigue dando vueltas en la frontera, y de regreso obtiene el mismo silencio de siempre.

Cumbre alterna

A unos días de que se lleve a cabo la Cumbre de las Américas, Cuba, Nicaragua y Venezuela van a tener su propio encuentro, aunque a éste tampoco está invitado todo el continente. Según el gobierno cubano, durante la reunión, que se llevará a cabo este viernes, se “compartirán estrategias de desarrollo comunes y analizarán la situación política regional”. Veremos a qué definiciones llegan, y si se acuerdan del gobierno mexicano, que tanto ha impulsado su inclusión en el continente. (El Financiero, Nacional, p. 31)

La defensa de los más vulnerables

El filósofo inglés, John Locke, escribió en su “Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil” diversos postulados que sirvieron como fundamento para el constitucionalismo moderno: la vida, la libertad y la propiedad son derechos conservados por el hombre al constituir la sociedad y por lo tanto superiores a ésta. De ahí que el Estado tiene la obligación de garantizarlos. Locke señaló que el estado civil es un orden democrático de convivencia, que se instituye a través del consenso, posibilita el principio rector de la mayoría y tiene la finalidad de preservar vidas, libertades y posesiones de los contratantes.

Han transcurrido más de tres siglos desde que se publicó esa obra, pero se le estudia por la trascendencia que tuvo en la redacción de las primeras constituciones, por ejemplo, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, primer documento constitucional de la Revolución Francesa.

En el caso de nuestro país, la Constitución de 1917 establece en su artículo 11: “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República…”.

De aquí se desprende un claro ejemplo del pacto como acuerdo que constituye al Estado: la sociedad políticamente organizada cede al Estado la función de garantizar la seguridad, pero conserva su derecho a la libertad, libre circulación y tránsito dentro del territorio nacional. 

La restricción constitucional que limita ese derecho en materia de migración recientemente fue analizada por la Suprema Corte, al declarar la inconstitucionalidad de los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración, que prevén el procedimiento de revisión migratoria, al advertir que, dada la generalidad y amplitud con la que se regula, se transgrede el artículo constitucional citado, pues con base en esta facultad se puede revisar a toda persona en un punto de revisión migratoria en cualquier lugar dentro del territorio nacional, sin importar si se trata de una persona mexicana o extranjera, a pesar de que, del referido artículo constitucional no se desprende el deber de portar documentos identificatorios en el interior del país.

Este precedente judicial garantiza la defensa de los más vulnerables. La Corte conoció de este caso porque un grupo de mexicanos pertenecientes a una comunidad indígena fueron detenidos por autoridades migratorias cuando viajaban en un autobús durante su trayecto al norte del país. La autoridad alegó que actuó conforme a la Ley de Migración, que prevé su facultad para llevar a cabo tareas de revisión, solicitar documentos de identificación y situación migratoria.

La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió que el procedimiento de revisión migratoria previsto en la ley es inconstitucional por ser contrario a los derechos de libre circulación y tránsito dentro del territorio nacional, así como a los de igualdad y no discriminación, debido a que es sobre inclusivo al no distinguir entre personas nacionales y extranjeras, además de generar impactos diferenciados en comunidades indígenas y afromexicanas. Lo anterior debido a que, ante la ausencia de parámetros objetivos en las revisiones, se posibilita que las autoridades las realicen de manera aleatoria con base en aspectos tales como el origen étnico, color de piel e idioma, en perjuicio de los sectores referidos.

Esta se trata de una intervención eficaz del Máximo Tribunal del país, al recordar que el Estado se instituye para garantizar las libertades de todas y todos los mexicanos. (Alfonso Pérez Daza, El Universal, Opinión, p. 20)

La Doctrina López

La negativa de Andrés Manuel López Obrador a asistir a la próxima Cumbre de las Américas a menos que Estados Unidos, el país anfitrión, invite a los representantes de Cuba, Nicaragua y Venezuela, no pone en riesgo la relación de nuestro gobierno con el de Joe Biden, ni le resta credibilidad a la reunión. Muestra un gran desconocimiento de la política exterior estadounidense y pone una presión innecesaria.

Entender los argumentos de por qué AMLO exige que Estados Unidos invite a tres gobiernos que se han caracterizado por suprimir los derechos básicos de sus habitantes no es difícil. 

Hay una afinidad ideológica, por un lado, y por otro, en su cabeza éstos son los países que están poniendo un verdadero contrapeso al poder de Washington en el continente. Como si la Doctrina Monroe (que está por cumplir 200 años de haberse emitido) siguiera tan fuerte como antaño.

AMLO se basa en una interpretación sesgada de los principios de la política exterior mexicana más tradicional. Una que está basada en la “defensa” de México, en una vulnerabilidad que se ha exagerado con frecuencia, ya que se excluye una visión imparcial de cómo muchos de los “males” que nos ocurrieron en el siglo 19 se debieron a la falta de una cultura democrática verdadera que siempre nos debilitó frente a las potencias, y a que siempre hubo un caudillo mexicano dispuesto a abrirles las puertas a los aliados extranjeros para llegar al poder en México.

La mayoría de las doctrinas de la política exterior mexicana refrendan, de una manera u otra, el principio de no intervención de los Estados en los asuntos internos de los otros.

En 1867, Juárez emitió la primera doctrina, la que lleva su nombre, para justificar los fusilamientos de sus enemigos políticos y acabar con la oposición. El respeto al derecho ajeno no era la paz, sino el derecho a fusilar a Maximiliano de Habsburgo, junto con sus aliados mexicanos para que la oposición no intentara un golpe de Estado.

Para la década de 1930, el derecho internacional se había afianzado más y por entonces el concepto se vinculó con la democracia y la autodeterminación de los pueblos. Ello llevó a Lázaro Cárdenas a romper relaciones diplomáticas con España en 1936 a raíz del golpe de Estado a cargo de Francisco Franco.

Más adelante, en plena Guerra Fría, la Doctrina Díaz Ordaz (1969) establecería que el reconocimiento diplomático se da independientemente del carácter u orientación de los gobiernos. Así se mantuvieron relaciones diplomáticas con el gobierno de Fidel Castro y muchos otros dictadores en todo el mundo, pese a Washington, que siempre ha estado de acuerdo en que México use estos reconocimientos como señal de su “independencia”.

Debemos recordar que la política exterior tiene discursos que están pensados en el exterior, pero que tienen repercusiones en el interior. Y por eso cabe preguntarse si esta petición de incluir a tres dictadores está pensada para satisfacer a una audiencia en particular, como académicos y diplomáticos de la izquierda más rancia, o si, por el contrario, nuestro Presidente está inaugurando una nueva doctrina.

AMLO sabe que el presidente Joe Biden tiene un gran interés en que asista. Es la relación más importante en el hemisferio y los temas de la agenda, como la migración, la seguridad y el comercio, son claves para buscar ordenar los flujos de gente hacia Estados Unidos.

Además, aunque se mande a Marcelo Ebrard, su firma y su presencia no tendrán el peso de la investidura presidencial, y en eso México sale perdiendo, pues deja la cancha libre para que otros se luzcan.

En cierto modo, AMLO se ha puesto sus moños y ha obligado a un desfile de altos funcionarios en Palacio Nacional para convencerlo de que asista a la Cumbre. Creo que AMLO negociará su presencia, no para que asistan sus cuates autoritarios (por cierto, Nayib Bukele, de El Salvador, tampoco debería ser invitado), sino en cuanto a puntos importantes de sus planes energéticos que se contraponen con la agenda ambientalista de Biden.

Así que si las anteriores doctrinas de política exterior mexicana defendían la soberanía de los pequeños países y la libertad para conducir sus asuntos sin presiones externas, la Doctrina López podría ser la defensa de los dictadores a oprimir a sus pueblos a su antojo. Está pensando a largo plazo. (Gabriela de la Paz, Reforma, Opinión, p. 10)