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Forma Migratoria de Trabajador Fronterizo (FMTF)


¿Qué es la FMTF?

Es la Forma Migratoria diseñada para facilitar la internación de guatemaltecos y beliceños que quieran desempeñarse como trabajadores fronterizos temporales en los estados de:

Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo.

FMTF


Alcance y beneficios:

  • Se puede tramitar en los puntos de internación en funcionamiento y en oficinas del INM cercanas a la frontera México-Guatemala y México-Belice.
  • El procedimiento para obtenerla es rápido, sencillo y el documento se entrega el mismo día.
  • Permite a los titulares trabajar en todos los sectores de la producción de los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo, sin importar el lugar en que se haya expedido.
  • Permite solicitar el ingreso del cónyuge e hijos como dependientes económicos.

Tiene vigencia de un año improrrogable contado a partir de su expedición.

Beneficiarios:

Guatemaltecos y beliceños mayores de 16 años que cuenten con una oferta de trabajo lícita y honesta de un empleador mexicano y que no tenga malos antecedentes en el extranjero, ni haya violado las leyes nacionales.


Requisitos:

  • Copia fotostática y original para el cotejo de Cédula de vecindad o Pasaporte vigente.
  • Oferta de trabajo por escrito, firmada por el empleador o su representante legal, en la que indique el salario que en su caso pagará al extranjero.
  • Dos fotos tamaño infantil a color o en blanco y negro.
  • Si el pago que recibirá en México es menor al salario mínimo ($49.50 diarios tratándose del salario general o hasta $148.05 diarios para trabajos especializados) no paga derechos, en los demás casos deberá presentar original y copia del recibo de pago por $1,904 según la Ley Federal de Derechos vigente para el año 2008.

Procedimiento para la obtención de la FMTF:

1. El extranjero se presenta en el punto de internación de México con la documentación requerida.

2. La autoridad migratoria revisa que los requisitos estén completos y entrevista al extranjero para integrar la solicitud de trámite migratorio y demás documentos necesarios.

3. La autoridad migratoria realiza las consultas correspondientes en el sistema.

4. Si la resolución es positiva, expide y entrega la Forma migratoria FMTF al extranjero.

Obligaciones de los Trabajadores Fronterizos Temporales:

  • Restringir sus actividades lucrativas, permanencia y tránsito a los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo.
  • Informar a la autoridad migratoria los cambios de empleador o actividad dentro de los 30 días siguientes a que se efectúen.
  • Portar siempre la FMTF.
  • Salir del país cuando su FMTF haya vencido.
  • En caso de salida definitiva, entregar la FMTF a las autoridades migratorias del punto de internación.
  • En caso de incumplimiento de cualquier obligación, el extranjero se hará acreedor de una sanción administrativa que puede ir desde una multa hasta la expulsión del país, misma que contará como antecedente negativo para una próxima documentación.

Motivos de cancelación de la FMTF:

  • Conclusión de su vigencia.
  • Salida definitiva o defunción del titular.
  • Adquisición del titular de otra característica migratoria.
  • Otras causas señaladas en la Ley General de Población o en su Reglamento de la Ley General de Población.

Empleadores:

  • En ningún caso el empleador podrá detener la FMTF del extranjero.
  • El empleador deberá pagar al extranjero igual sueldo que a un mexicano por trabajo y desempeño iguales.
  • Las personas físicas o morales que tengan bajo su responsabilidad o contraten personal extranjero, deberán acudir a las oficinas del INM para integrar su expediente básico, mismo que deberán mantener actualizado. Para mayor información acudir ante la oficina del INM más cercana.

Informes:

INM Sector Central

01 800 00 INAMI, sin costo desde el interior de la República

Delegación Regional en Chiapas

01 (962) 128 2271 al 80

Subdirección de Regulación Migratoria

01 (962) 625 7986

Subdelegación Local en Unión Juárez

01 (962) 647 2062

Subdelegación Local en Ciudad Cuauhtémoc

01 (963) 632 2220 y 101 8116

Subdelegación Local en Comitán

01 (963) 632 2220 y 101 8116

Subdelegación Local en Ciudad Hidalgo

01 (962) 698 0075 y 698 0174

Delegación Regional en Tabasco

01 (993) 315 8887 y 315 4969

Delegación Regional en Campeche

01 (981) 816 2868

Delegación Regional en Quintana Roo

01 (998) 892 8604 y 881 3560

Subdelegación Local en Puente Subteniente López, Chetumal

01 (983) 834 5046


Quejas y denuncias:

Órgano Interno de Control en el INM

5387 2411 y 5387 2478

Oficina de Derechos Humanos

Protección a Migrantes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos / Frontera Sur

01 (962) 626 6824 // 01 1800 523 7185 // 01 800 715 200

Última modificación:
Miercoles 16 de noviembre de 2011 a las 13:49:50 por WebMaster INM
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